A partir de octubre, ni coches ni motocicletas sin etiqueta podrán circular por Madrid con alta contaminación

A partir de octubre, ni coches ni motocicletas sin etiqueta podrán circular por Madrid con alta contaminación
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El Ayuntamiento de Madrid ha terminado de dar forma al proyecto de revisión del protocolo de contaminación para endurecer las medidas aplicadas hasta ahora en la ciudad. La principal novedad es que se descarta el sistema de matrículas par/impar y las etiquetas medioambientales de la DGT se vuelven protagonistas.

El 8 de octubre entra en vigor el Protocolo para episodios de alta contaminación, con cinco escenarios y la limitación de la circulación a los coches, motocicletas y ciclomotores que no tienen derecho a la pegatina -ojo, no a aquellos que no la tengan puesta: su uso no es obligatorio-.

Cuando el dióxido de nitrógeno alcance niveles nocivos...

Lo primero que has de saber es que los vehículos sin etiqueta son los de gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel anteriores a 2006, que según la DGT representan un 17 % del parque móvil. Tal y como explica el Ayuntamiento de Madrid, las principales novedades introducidas respecto al protocolo vigente de febrero de 2016 y al borrador previo es que se incluyen motos y motocicletas.

La creación de un nuevo escenario y la extensión geográfica a toda la ciudad de algunas medidas ya se contemplaba en el plan que comenzó a trazar el consistorio en mayo.

Mapa Contaminacion Ayuntamiento
Mapa de la red de vigilancia del Ayuntamiento de Madrid, en el que se muestra los índices de calidad del aire de cada estación: verde indica que es buena; amarillo que es admisible; naranja deficiente y rojo mala.

El nuevo protocolo tendrá cinco escenarios, uno más que el actual. En el escenario 2, además de la limitación del aparcamiento en la zona SER (la regulada) a los vehículos que no sean CERO o ECO, se introducen medidas de limitación del tráfico, con la limitación de la circulación de los vehículos sin distintivo ambiental en la M-30 y su interior. En el escenario 3, la restricción de circulación a los vehículos más contaminantes se extenderá a toda la ciudad, no ya solo a la zona acotada por la M-30.

Como novedad, se crea un nuevo escenario 4 para cuando el nivel de aviso se mantenga durante cuatro días consecutivos, en el que la limitación de circulación se extenderá también a los vehículos con clasificación ambiental B en la M-30 y su interior.

Por su parte, el escenario 5 se corresponde con el nivel de Alerta definido por la Unión Europea y, en esta situación, solo se permitirá, en toda la ciudad, la circulación de vehículos CERO y ECO, y el aparcamiento en el SER de los CERO.

Ya el año pasado se anunció que para 2025 los vehículos diésel anteriores a 2006 y los gasolina anteriores a 2000 -los que no tienen derecho a etiqueta- tendrán prohibida la circulación por la almendra central, haya niveles altos de contaminación o no.

Recordemos además que bajo el proyecto 'Madrid Central', noviembre será el mes en el que se cierre al tráfico la circulación a los no residentes en todo el distrito centro. Las multas comenzarán a expedirse en febrero de 2019.

Las excepciones

Street 2019362 960 720

Como siempre, las medidas aplicadas en periodos de alta contaminación tienen excepciones. Durante la aplicación del Protocolo de contaminación podrán seguir estacionando en las plazas del SER los residentes (exclusivamente en su barrio y plazas), los de personas con movilidad reducida, los autorizados como comerciales e industriales del SER con calificación ambiental CERO, ECO y C, y los B hasta el 31 de diciembre de 2020.

También los vehículos estacionados en zonas reservadas para su actividad y los autotaxis y vehículos de alquiler de servicio público con conductor que estén en servicio y su conductor esté presente.

Por otro lado, habrá excepciones a la limitación de circulación para el transporte público colectivo, los servicios de emergencias, los vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público previa autorización y los vehículos para limpieza y gestión de arbolado urbano.

También se permitirá la circulación a los vehículos comerciales e industriales de distribución urbana de mercancías (igual o inferior a 3.500 kg hasta diciembre de 2019 y superior a 3.500 kg hasta diciembre de 2022), y algunos vehículos especiales, como grúas, servicios funerarios, adaptados para la retransmisión de radio o televisión o vehículos blindados.

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