Madrid estrena la restricción por número de matrícula: mañana no podrás circular con matrícula par

Madrid estrena la restricción por número de matrícula: mañana no podrás circular con matrícula par
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Si la matrícula de tu coche acaba en número par, mañana no podrás circular por el interior de la zona que delimita la M-30 de Madrid. Es la primera vez que sucede algo así en España, y es que el Escenario 3 que prevé la normativa medioambiental de Madrid es ya un hecho: han sido tres días seguidos de situación de aviso.

Como consecuencia de esta situación, la velocidad de circulación en la M-30 y en las autovías de acceso a Madrid, a partir de la M-40, seguirá limitada a 70 km/h, está prohibido estacionar en el área regulada con parquímetros a los coches que no sean de residentes y, además, se prohíbe circular por la almendra central de Madrid prácticamente a la mitad de los vehículos.

En este caso, se permite sólo la circulación de los vehículos con matrícula impar, por ser impar el día de la medida.

Circular dentro de esa zona con un coche que tenga matrícula par se castigará con 90 euros de sanción por infracción leve. Esta cuantía se reducirá a 45 euros si se paga la sanción en el plazo de 20 días naturales. De la medida quedan exentos los vehículos híbridos, eléctricos o que empleen GLP o GNC, además de motos, ciclomotores y bicicletas, y los vehículos con alta ocupación, entendidos como vehículos que transportan tres o más personas incluído el conductor.

También quedan exentos de la medida estos vehículos:

  • Transporte público colectivo;
  • Taxis, captando viajeros en sus parada y en el Área SER;
  • Vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público (0:00 a 6:30 horas), acreditado a través de un certificado del empleador;
  • Vehículos de personas con movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización;
  • Servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, gestión semafórica y, en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos básicos (electricidad, agua, gas y telefonía);
  • Vehículos comerciales e industriales para operaciones de distribución urbana de mercancías, con restricciones en función de su masa máxima autorizada (si esta es superior a 3.500 kilogramos, exclusivamente cuando se trate de vehículos híbridos no enchufables o propulsados con gas licuado de petróleo o gas natural comprimido);
  • Vehículos de mudanzas;
  • Autobuses, automóviles y furgonetas del parque auxiliar de Madrid Calle 30, EMT y CRTM identificados, para atender incidencias;
  • Vehículos para la realización de controles ambientales municipales;
  • Vehículos destinados al transporte de detenidos;
  • Grúas para el remolque de vehículos;
  • Vehículos para la recogida de basuras, limpieza y baldeo viario;
  • Vehículos de autoescuelas;
  • Vehículos de transporte funerario;
  • Unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.

Desde el Ayuntamiento de Madrid han aclarado que dependiendo de las mediciones de los niveles de NO₂ y dependiendo de la situación meteorológica, mañana se decidirá en qué situación quedará la circulación del interior de Madrid de cara al viernes, 30 de diciembre. En cualquier caso, el consistorio madrileño avisará antes del mediodía sobre qué medidas se contemplarán, según el caso.

Se da la circunstancia de que el viernes, 30 de diciembre, es día de Operación Salida para pasar el Fin de Año fuera de Madrid. Aun así, el Ayuntamiento de Madrid recuerda que "la restricción de circular dentro de la M30 te afecta en cualquier desplazamiento", esto es, con independencia de cuál vaya a ser el destino del conductor. La solución para estos casos puede consistir en utilizar el coche como vehículo de alta ocupación.

Los tres escenarios de alerta contra la contaminación

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Reflejos rojizos en el aire de la Sierra de Madrid, en diciembre de 2014, como resultado de la elevada concentración de partículas contaminantes. Foto: Iago Mínguez

Según la normativa aprobada por el consistorio de Ana Botella, siguiendo lo esbozado por la Unión Europea en la Directiva Comunitaria 2008/50/CE, estos son los niveles de alerta posibles:

  • Preaviso: si dos estaciones de una zona superan los 200 µg/m³ durante dos horas consecutivas.
  • Aviso: si dos estaciones de una zona superan los 250 µg/m³ durante dos horas consecutivas.
  • Alerta: si tres estaciones de una zona superan los 400 µg/m³ durante tres horas consecutivas. También, si superan esos niveles dos estaciones de la Zona 4 (Urbana Noroeste).

Y estos niveles dan lugar a varios escenarios posibles.

  • Escenario 1. Con dos días seguidos de nivel de preaviso o un día de nivel de aviso. Limitación de velocidad en la M-30 y en las autovías de acceso a Madrid, a partir de la M-40, a 70 km/h.
  • Escenario 2. Con tres días seguidos de preaviso, o dos días seguidos de aviso, tres días seguidos de preaviso y un día de aviso. Prohibición de estacionar en el área regulada con parquímetros a los coches que no sean de residentes.
  • Escenario 3. Con tres días seguidos de aviso. Sumado a lo anterior, se prohibirá circular por la almendra central de Madrid a la mitad de vehículos, en función del número de matrícula (par o impar) y a los taxis vacíos. La prohibición podría ampliarse a la M-30.

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